sábado, 11 de agosto de 2012

Libro Registro de Control de Fugas



En este libro de Excel, presentamos cuatro hojas practicas sobre el libro de registro de control de fugas, hoja de control de fugas anual obligatorio, hoja de control de carga de refrigerante y/o reparación del circuito y hoja de boletín de revisión de instalación.

Para el libro de registro de controles de fugas y escapes de gas de la instalación, nos guiamos por el modelo que se presenta en la nota informativa: normativa ambiental para empresas instaladoras y de mantenimiento de sistemas de refrigeración y aire acondicionado del RD 795/2010.

Las instalaciones frigoríficas, normalmente disponen de varios circuitos independientes y de hecho el RD 138/2011 (Reglamento de seguridad de instalaciones frigoríficas) en el modelo de libro de registro contempla hasta un máximo de 10 circuitos, por tal motivo ajustamos el modelo de la nota informativa a nuestras instalaciones añadiendo unos espacios para numerar el circuito que corresponde la actuación, el nombre de dicho circuito y añadimos dos espacios mas para distinguir si el registro es a consecuencia de una reparación que incide en la carga de gas o es una revisión anual obligatoria.

Las hojas de control de fugas anual obligatorio y hoja de control de carga de refrigerante y/o reparación del circuito, son modelos extraídos de esta nota informativa y del Reglamento de instalaciones frigoríficas, con algunas variantes para adaptarlas a nuestras instalaciones y que son de obligado cumplimiento, adjuntando una copia en el libro de documentación de la instalación, después de cada intervención.

La hoja de Boletín de revisión de la instalación, es una copia idéntica a la exigida por el reglamento de instalaciones frigoríficas en su IF-14 Apéndice 1. Modelo de boletín de revisión

NOTA: para desbloquear la hoja y efectuar cambios, usar la clave "pascalin".

Pequeño resumen de la nota informativa a tener en cuenta:

1 ¿A quién va dirigida la nota informativa? Conceptos generales
Esta nota informativa está dirigida al personal técnico y a las empresas que instalen o mantengan equipos de refrigeración o climatización que empleen refrigerantes basados en gases fluorados, ya que resume la normativa ambiental europea y española aplicable a estos gases (punto 4).
Por “Gases fluorados” se entienden a los efectos de esta nota, y de acuerdo al RD 795/2010:
Las sustancias enumeradas en los grupos I, II, III, VII, VIII y IX del anexo I del Reglamento (CE) n.º 1005/2009 sobre sustancias que agotan la capa de ozono (SAO), por ejemplo HCFC (R22) y CFC (R12, R11).
Las sustancias enumeradas en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 842/2006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero (GEI), por ejemplo R134a, R404, R407 y R410

Se consideran empresas habilitadas para manipular los circuitos y los refrigerantes en los equipos de refrigeración y climatización aquellas empresas facultadas para trabajar con sistemas frigoríficos fijos por los reglamentos:
RSF (Reglamento de Seguridad de Instalaciones Frigoríficas)
RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas de Edificios)

2 Obligaciones para el personal y las empresas
2.1 Obligaciones relativas a la certificación de las empresas
El Real Decreto 795/2010 establece la obligación de contar con un certificado expedido por los servicios de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente a aquellas empresas que, en relación con los equipos de refrigeración o climatización fijos con sistemas frigoríficos que emplean gases fluorados, realicen operaciones de:
Instalación.
Mantenimiento o revisión, incluido el control de fugas, carga y recuperación de refrigerantes fluorados.
Manipulación de contenedores de gas.

(Instalación: La conjunción de, al menos, dos piezas de equipos o circuitos que contengan o se hayan diseñado para contener o conducir gases fluorados, con el fin de montar un sistema en su lugar de funcionamiento, independientemente de que sea necesario o no cargarlo tras el montaje.
Mantenimiento o revisión: Todas las actividades que supongan acceder a los circuitos de sistemas existentes que contengan o se hayan diseñado para contener gases fluorados y, en particular, retirar una o varias piezas del circuito o equipo, volver a montar una o varias piezas del circuito o equipo, así como reparar fugas. No tendrán tal consideración la manipulación de componentes que no afecten al confinamiento del fluido.)

Cabe destacar que las limitaciones al ejercicio de la actividad –exigencia de certificado y desarrollo de actividad en el seno de empresa habilitada- son únicamente en relación a equipos fijos, por lo que no necesitan de dicho certificado las empresas que únicamente trabajen con equipos móviles.
Todas esas operaciones deberán ser realizadas únicamente por personal certificado, por lo que las empresas que se dediquen a la instalación o mantenimiento, tanto de equipos fijos como móviles, deberán contar con personal debidamente certificado para la realización de estas operaciones (ver punto 2.3), así como con los medios técnicos necesarios.
No requieren de certificación el personal que únicamente manipule elementos de sistemas frigoríficos distintos del circuito que contiene el gas, tales como ventiladores, filtros y conductos de aire, tuberías de agua o refrigerantes secundarios no fluorados, etc.

3 Obligaciones relativas a los equipos y al uso de gases fluorados
3.1 Obligaciones en relación a la prevención de fugas
La normativa europea establece que todos los operadores deberán evitar las fugas de gases fluorados de efecto invernadero y subsanar lo antes posible las fugas detectadas, recurriendo a todas las medidas que sean técnicamente viables y no requieran gastos desproporcionados. Esta obligación, que originariamente recae en el titular del equipo, debe ser asumida por la empresa mantenedora en el momento en el que ésta ejerza el poder real sobre el funcionamiento técnico de los equipos.
La forma idónea de asumir la responsabilidad es a través del contrato de mantenimiento en el que se especifiquen las tareas a realizar (controles de fugas periódicos descritos en los siguientes apartados, reparación de fugas en caso de que sean detectadas y mecanismos rápidos de aviso y aceptación de posibles presupuestos extraordinarios, etc.).

3.1.1 ¿Qué es un control de fugas?
Se entiende por control de fugas la comprobación de la estanqueidad de los circuitos que contienen gases fluorados y la búsqueda de las áreas o puntos de pérdida de fluidos de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento (CE) n.º 1516/2007, de 19 de diciembre de 2007, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 842/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, requisitos de control de fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires acondicionados y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero, en equipos de refrigeración.
De manera esquemática se resume en el siguiente cuadro.


3.1.2 ¿Con qué frecuencia debe llevarse a cabo el Control de Fugas anterior?
La tabla siguiente presenta régimen obligatorio de control de fugas aplicable según la carga de gases fluorados de los equipos fijos. En los equipos no fijos, si bien es recomendable su realización, NO es obligatoria:



Cuando se detecte una fuga, y una vez ésta haya sido subsanada, se realizará un control de fugas en un plazo máximo de un mes desde que se llevó a cabo la reparación.
Cuando se detecte una fuga en equipos de equipos con carga de CFC y HCFC, la fuga deberá ser reparada en un plazo máximo de 14 días.

3.1.3 ¿Quién hace el Control de Fugas?
Los controles de fugas, para que tengan validez, únicamente podrán ser realizados por personal certificado en el seno de empresas habilitadas (CERTIFICADOS 1 y 2, indistintamente pues el certificado 2 a efectos de control de fugas vale para cualquier carga)
Es importante que se realicen correctamente, incluidos los aspectos relativos al mantenimiento de libros de registro y documentación.
La realización de los controles es responsabilidad del propietario del equipo, si bien lo normal es que se traslade esta responsabilidad a la empresa mantenedora mediante el contrato de mantenimiento periódico.
Las empresas instaladoras y mantenedoras de sistemas de refrigeración y aire acondicionado deberán recordar al propietario/usuario de dichos equipos la obligatoriedad de realizar el servicio de mantenimiento en la forma y frecuencia que se ha descrito anteriormente.

3.3 Obligaciones relativas al mantenimiento de registros
3.3.1 Libros de registro en equipos
Deberán mantenerse registros en aquellos equipos que contengan ≥3 kg de gases fluorados (no se suman las cargas de circuitos totalmente independientes). Los registros deberán incluir la siguiente información:
Identificación del equipo o circuitos.
Cantidad y tipo de gases instalados en cada equipo.
Cualquier cantidad de refrigerante añadida.
La cantidad de refrigerante recuperada durante el mantenimiento, reparación y eliminación definitiva.
Identificación de la empresa y técnico que llevó a cabo el mantenimiento o reparación
Fechas y resultados de los controles de fugas y de los controles de los sistemas de detección de fugas.
Estos datos estarán a disposición bajo requerimiento de la autoridad competente e incluso de la Comisión Europea.
Los titulares de los equipos tienen la obligación de custodia sobre los registros que se lleven a cabo y la empresa mantenedora deben mantener y rellenar debidamente dichos registros.
Se adjuntan modelos a modo de ejemplo, pues en todo caso sería la normativa industrial o la comunidad autónoma la que estableciera un modelo obligatorio en su caso.

5 ¿Cuál es la normativa aplicable?
Reglamento (CE) 842/2006 sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero entró en vigor en 2006. Este Reglamento tiene como objeto reducir las emisiones de HFC, PFC y SF6 por contribuir al calentamiento global. De él derivan los siguientes reglamentos que regulan aspectos concretos:

Reglamento (CE) 303/2008, derivado del anterior y por el que se establecen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de empresas y personal en lo que se refiere a los equipos fijos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.
Reglamento (CE) 1494/2007, por el que se establecen, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento 842/2006, la forma de etiquetado y los requisitos adicionales de etiquetado de los productos y aparatos que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.
Reglamento (CE) 1516/2007 por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento 842/2006, los requisitos de control de fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero

Reglamento (CE) 1005/2009, sobre sustancias que agotan la capa de ozono, regula el uso de CFC y HCFC, incluida la reutilización del gas en el mantenimiento de sistemas de climatización que empleen refrigerantes con CFC y HCFC.

Real Decreto 795/2010 por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan.

Esta norma implementa y, en algunos casos, extiende los aspectos relativos a las certificaciones de los profesionales así como las restricciones a la distribución y uso de los refrigerantes derivados de las anteriores normativas europeas y engloba bajo el concepto de gases fluorados también a las sustancias que agotan la capa de ozono. Prevé asimismo las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento de las diferentes obligaciones establecidas en el mismo que pueden llegar a los 2.000.000 de euros en el caso de infracciones muy graves (Ley 34/2007).
Los aspectos relacionados con la gestión del gas refrigerante al final de su vida útil o de aquellos prohibidos se regulan por la normativa de residuos peligrosos, en particular la Ley 20/86, y los Reales Decretos 833/1988 y 952/1997.


Aviso, esta plantilla ya se encuentra integrada en la plantilla general de toda la documentación publicada en este bloc y que estan entrelazadas entre si y disponible en este enlace.

2 comentarios:

  1. Buenos dias Casemiro, estoy intentando descargar el libro de registro de controles de fugas y al pinchar me dice pagina no encontrada.
    La verdad que seria de gran ayuda poder tener esa documentación, no se si es fallo de mi pc, o que ya no esta disponible.
    Un saludo y gracias.

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  2. Ya no está disponible por quedarse obsoleto ante las continuas modificaciones.

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